Todo lo que debes saber sobre la Ley de la Segunda Oportunidad
Ley de Segunda Oportunidad

¿Qué pasa si soy avalista de una hipoteca y no pagan?

Cuando se solicita una hipoteca a un banco, la entidad estudia las garantías que le ofrece el cliente. Si se trata de una persona con un perfil económico muy solvente, es posible que le baste con sus propios medios para que se le conceda el préstamo.

Sin embargo, si el banco aprecia que la operación requiere una garantía adicional para mayor seguridad, es habitual que solicite un avalista, que será una persona que se considere que tiene capacidad para hacer frente al pago de la cuota hipotecaria, llegado el caso.

A continuación vamos a explicar cuáles son las consecuencias para el avalista de que el principal obligado deje de pagar la hipoteca.

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¿Qué ocurre con el avalista cuando el deudor principal no paga?

Si el titular del préstamo hipotecario deja de pagar, lo que sucede es que es el avalista quien tiene que hacer frente al pago, ya que esa es precisamente la función con la que se le incluye en el contrato: que sirva de garantía del pago.

Por tanto, mientras el avalista se haga cargo de la hipoteca, la deuda estará cubierta y el banco no tendrá que proceder a la ejecución hipotecaria. En caso de que el avalista tampoco pague, si se cumplen los requisitos que lo permiten, se iniciará el procedimiento, lo que supone que el banco enajenará el inmueble con la finalidad de obtener dinero suficiente para pagar la deuda.

Es importante tener en cuenta que la responsabilidad del avalista opera a futuro. Esto quiere decir que si no puede hacer frente a la deuda en un momento determinado, se le podrá seguir exigiendo el pago posteriormente.

Ello se debe a que rige el llamado principio de responsabilidad patrimonial universal, derivado del artículo 1911 del Código Civil, que establece lo siguiente: “Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con todos sus bienes, presentes y futuros”.

De hecho, en caso de que el avalista fallezca estando vigente la deuda, esta pasará a sus herederos si aceptan la herencia.

Otra consecuencia de ser avalista, que conviene tener en cuenta, es que el avalista aparecerá en la CIRBE, que es la Central de Información de Riesgos del Banco de España. No se trata de un fichero de morosos, sino de una base de datos en las que aparecen los deudores cuando mantienen deudas por cuantía superior a 1000 euros con una entidad. El avalista aparecerá como garante de la deuda.

En caso de tener que pagar, ¿el avalista puede reclamar al titular del préstamo?

El avalista responde frente a la entidad, pero no es el verdadero deudor. Por eso, en efecto, puede reclamar al deudor principal en caso de que finalmente tenga que pagar la hipoteca.

Este derecho se fundamenta en el artículo 1838 del Código Civil, que establece la acción de reembolso del fiador. Por tanto, el avalista puede reclamar al deudor e incluso demandarlo, si este no le reintegra lo que le debe.

El fiador que paga por el deudor debe ser indemnizado por éste.

La indemnización comprende:

1.º La cantidad total de la deuda.

2.º Los intereses legales de ella desde que se haya hecho saber el pago al deudor, aunque no los produjese para el acreedor.

3.º Los gastos ocasionados al fiador después de poner éste en conocimiento del deudor que ha sido requerido para el pago.

4.º Los daños y perjuicios, cuando procedan.

La disposición de este artículo tiene lugar aunque la fianza se haya dado ignorándolo el deudor.

Artículo 1838 del Código Civil

¿Qué puede hacer el avalista para protegerse?

Si bien el avalista tiene una responsabilidad muy importante, ya que tiene que pagar si no lo hace el deudor principal, hay algunas cosas que puede hacer para minimizar riesgos:

  • Firmar un contra aval. El avalista y el avalado pueden firmar un contra aval o contragarantía ante notario, lo que supone el compromiso de que si el avalista llega a hacer algún pago, el deudor se lo tendrá que devolver.
  • Avalar solo parte de la deuda. Dependiendo de las características del préstamo, se puede negociar con la entidad para que el avalista solo llegue a responder por una parte del préstamo, reduciendo así su responsabilidad.
  • Demandar al deudor. Si el avalista considera que el deudor realmente sí puede pagar, y que por tanto está actuando de mala fe, puede demandarlo para que el juez le obligue a pagar.

¿Es posible eliminar el aval de una hipoteca?

Tan solo se puede cancelar el aval de un préstamo hipotecario por vía judicial, en caso de que el juez aprecie causa de nulidad.

Por tanto, la única forma de intentar eliminar el aval es presentar una demanda de nulidad para iniciar un proceso judicial. En el juicio, tiene que quedar acreditado que la cláusula es abusiva, es decir, que ha habido mala fe por parte de la entidad.

Uno de los casos en los que se puede conseguir la nulidad del aval es cuando este está configurado de tal forma que el banco puede reclamar directamente al avalista, sin hacerlo primero con el deudor principal.

Con respecto a la duración del procedimiento, se puede tardar entre 8 meses y un año aproximadamente en conseguir la nulidad del aval hipotecario.

¿Se puede eliminar la deuda del avalista con la Ley de la Segunda Oportunidad?

No hay duda de que todo el mundo puede cancelar sus propias deudas con la Ley de la Segunda Oportunidad, si cumple los requisitos para ello. La cuestión es qué pasa con el avalista cuando el deudor principal se acoge a este mecanismo legal.

Pues bien, en la práctica lo que sucede es que cuando el deudor obtiene la exoneración definitiva, liquidando sus bienes, la exoneración alcanza también al avalista. Sin embargo, cuando el deudor decide seguir un plan de pagos, logrando así la exoneración provisional de sus deudas, no siempre se libera también al avalista, sino que ello irá en función del caso.

Pero, como decíamos, siempre que se reúnan las condiciones, se podrá solicitar la exoneración de las deudas propias. Por ello, el avalista puede acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad si no puede pagar sus deudas y da el perfil.

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