Todo lo que debes saber sobre la Ley de la Segunda Oportunidad
Ley de Segunda Oportunidad

¿Las empresas de recobro te pueden embargar?

Es habitual que las entidades que tienen dificultades importantes para cobrar sus deudas acudan a una empresa de recobro, para que se encargue de ello. Llegado este punto, surge la duda de si la empresa de recobro puede embargar, cuestión que vamos a analizar a continuación.

¿Una empresa de recobro puede embargar?

No, una empresa de recobro nunca puede embargar directamente. Este tipo de entidades se dedican a tratar de procurar el cobro de las deudas de sus clientes, pero no por ello pueden embargar a las personas deudoras. De hecho, ninguna empresa ni ningún particular puede embargar a nadie.

Pero esto no quiere decir que las deudas por las que reclaman las empresas de recobro no puedan terminar en un embargo. En caso de que, tras los requerimientos de la entidad, el deudor siga sin pagar, es más que probable que la empresa realice los trámites necesarios para iniciar la reclamación de la deuda en vía judicial, a través del procedimiento monitorio.

Dicho procedimiento se desarrolla de la siguiente forma:

  • Se realiza una petición inicial ante el juzgado competente.
  • El juzgado comprueba que la deuda existe y que es exacta, haciendo las correcciones necesarias, en su caso, y proponiéndoselas al solicitante.
  • Desde el juzgado envían una notificación al deudor para que, en un plazo de 20 días, pague la deuda o se oponga.
  • Si el deudor no paga, y tampoco se opone (o lo hace sin éxito), el acreedor puede solicitar la ejecución, es decir: que se embargue el patrimonio del deudor para hacer efectivo el cobro de la deuda.

Las empresas de recobro tienen que hacer lo máximo posible para tratar de cobrar la deuda, porque es ese el servicio que venden a sus clientes.

Primero pueden intentar el cobro por medios extrajudiciales, pero no tendrán reparos en acudir a la justicia si es necesario. Y es en ese momento cuando se puede producir un embargo, si bien ya sabemos que tiene que ordenarlo el juzgado y no puede realizarlo la propia entidad.

La Ley de la Segunda Oportunidad como solución para cancelar deudas

En caso de haber contraído deudas y no poder hacer frente a su pago, existe una opción totalmente legal a disposición de los deudores en situación de insolvencia: acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.

Este mecanismo legal permite a deudores insolventes cancelar total o parcialmente sus deudas y paralizar todo tipo de embargos.

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